El 1 enero de 2022 entró en vigor el Real Decreto Ley 7/2021, el cual modifica los plazos de garantía establecidos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
En consecuencia, modifica los plazos en relación con la compraventa de bienes, en el siguiente sentido:
- Se amplía la garantía legal de los productos de 2 a 3 años.
- Se establece una garantía de 2 años para los productos digitales (programas informáticos, aplicaciones, archivos digitales, libros electrónicos y demás).
- Se amplía la obligación del fabricante de 5 a 10 años de guardar las piezas de repuesto de los productos vendidos.
- Se amplía de 3 a 5 años el plazo de no conformidad para que se repare o sustituya el producto.
- Se amplia de 6 meses a 2 años desde la entrega del bien la presunción de falta de conformidad, salvo prueba en contrario.
Todas estas modificaciones aplican aquellos productos comprados a partir del 1 de enero de 2022.